Otro fallo sobres primas, esta vez condenan a la aseguradora, será justicia?

Por segurosaldia.com febrero 20, 2015 07:40 Actualizado

En autos caratulados “Torres Oscar c/Federación Patronal Seguros SA y otros”, en trámite ante Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata, condenó a la Compañía Federación Patronal a abonar la indemnización por el fallecimiento de una pasajera transportada en el vehículo del asegurado (motocicleta), a raíz de una colisión ocurrida el día 18 de octubre de 1998, desestimando la excepción de falta de pago de la póliza y limitación de cobertura por pasajero transportado argumentados por la mencionada Aseguradora.

Para dar sustento a la mencionada resolución, el tribunal consideró que ante la falta de presentación de los recibos de pago, la prueba supletoria presentada permitía demostrar el ingreso de los pagos a fin de cada mes, siendo carga de la Aseguradora, demostrar la falta de pago en término del asegurado, aplicando por tal motivo la duda en favor del consumidor de acuerdo a la aplicación de la ley de defensa del consumidor nro 24240. Asimismo, consideró que no es admisible pensar que a pesar de la póliza contratada la cobertura fue declinada mes a mes hasta que se ingresó el pago de la cuota (a fin de mes) para volver a dar cobertura unos escasos días hasta el vencimiento de la cuota siguiente. Sostuvo que en el caso de existir cierta demora en el desembolso de las cuotas resulta poco confiable el asegurador que ante la menor irregularidad busca el modo de eludir su responsabilidad, el pago fuera de término no pone en riesgo el funcionamiento del sistema y que el precio del seguro es el mismo de contado que financiado en varias cuotas, luciendo desmesurado que un atraso en el abono de alguna cuota pueda conllevar la suspensión. En relación a la limitación de cobertura por pasajero transportado, consideró que de la pericia contable surge que la mencionada póliza tenía una restricción de $ 3.000.000, situación que no fue objetada por ninguna de las partes, motivo por el cual siendo carga de la aseguradora demostrar la existencia de la limitación de cobertura a $ 30.000, no habiéndolo realizado se mantiene la primera.

Contra esta pronunciación la Aseguradora interpuso recurso sosteniendo que el tomador del seguro debió acreditar el pago de la póliza con la presentación de los recibos correspondientes, siendo a su cargo la prueba de haber abonado la prima correspondiente en tiempo y forma. Con respecto a la limitación de cobertura, sostuvo que la cláusula de limitación para pasajeros transportados al a suma de $ 30.000 se encuentra en todas las pólizas y bastaba que el a quo hubiese mencionado tan sólo que ninguna de las partes había objetado la aplicación de dicha limitación contenida en la cláusula 84 de la póliza.

Finalmente por los argumentos expuestos en la instancia anterior, se confirmó la sentencia condenando a Federación Patronal a abonar al pasajero transportado.

CONSIDERACIONES

El presente fallo de fecha Junio de 2014 resulta manifiestamente contradictorio al fallo que presentamos la semana pasada donde se considera oponible al tercero la causal de exclusión de cobertura basada en la falta de pago de la póliza contratada, pero no sólo ello, sino que también avanza sobre otra cláusula de la póliza como es la limitación de cobertura para pasajeros transportados, poniendo también en cabeza de la Aseguradora la carga de la prueba de la existencia de tal cláusula. Todo ello en base a considerar que es la Compañía de Seguros quien debe probar no sólo la falta de pago de la póliza sino también la existencia de las cláusulas de ésta, aplicando además la ley de Defensa del Consumidor para terminar condenando a la Aseguradora.

Ver fallo Torres completo

Dra. Gabriela Melina Alvarez

Gabriela.alvarez@segurosaldia.com

Por segurosaldia.com febrero 20, 2015 07:40 Actualizado