SAO-Fallo de la CORTE SUPREMA. LORENZETTI: que dijo en 2008 y hoy. Vuelve a CÁMARA y decide pero en el 2015.
Finalmente la CORTE se decidió a opinar de un tema de fondo y cuestionó una medida cautelar y sobre el tema de las garantías financieras y los remediadores. Y en éste hizo lo mismo que en otros temas (CLARÍN, etc.) y devolvió a su origen (la Cámara) para que resuelva.
También hay otro tema y es que hay dos pasos más de apelación y análisis de la justicia por este tema y también que resta la definición que le pide la CORTE a la CÁMARA.
http://www.segurosaldia.com/interior/20081024/fue-presentado-el-seguro-ambiental-obligatorio-sao/
http://www.segurosaldia.com/interior/20081024/argentina-toma-la-posta-sao/
Analizando el fallo, a los jugadores del seguro en este riesgo, a los dueños del negocio y a los funcionarios de control, creemos que hay varios escenarios posibles: etapa judicial, etapa política, etapa técnica y etapa comercial con algunas. Nadie pierde el negocio y tampoco cambia de dueño, sólo se comparte. Luego viene lo peor: las nuevas exigencias de capital, inversiones y patrimonio que AMBIENTE y otros entes exigen con las nuevas normativas emitidas.
La cuestión puede llegar a complicarse aún más analizando que el que era en su momento jefe de gabinete cuando se abre el juego y se crea la comisión técnica, ABAL MEDINA, ya no está.
Peor aún, quién está es un SAO-DEPENDIENTE y es JORGE CAPITANICH. Que es quién puso las normas para el SAO en CHACO, y que todos pudieron ver por Segurosaldia.com y ahora puede volver a verlo.
Eso sin agregar que hasta SANTA CRUZ en diciembre pasado decretó la normativa del SAO y otras provincias lo hicieron.
Pero esto no termina acá, la Secretaría de Ambiente vía resolución / resoluciones exige y plantea claramente que debe haber, sí o sí, remediadores. Más allá de una garantía financiera como invoca la CORTE de acuerdo a la LGA, está los remediadores, ya que AMBIENTE es claro en las preferencias y las prioridades. Y marca determinadas exigencias y puntos y muchos en concordancia con la SSN
También deberíamos preguntarnos qué son los SEGUROS DE CAUCIÓN.
¿La SSN está feliz? Obviamente, prueba está en algunos comentarios sobre la lectura a medias del fallo y obviando la cuestión siguiente a resolver, pero se debería analizar que este tipo de normativas y adecuaciones dependen de JEFATURA DE GABINETE, con lo cual se generaría otro ruido con la SSN, luego de los cruces por el impuesto que quiso implementar CHACO (vía CAPITANICH) y el famoso FIDEICOMISO que también fue objetado.
Si sumamos que la CÁMARA debe leer, analizar y decidir, más dos instancias judiciales y un escenario de distintos jefes de gabinete (por ende distintos intereses y distinto al del año pasado con la COMISIÓN creada para analizar el tema ambiental. Dicho esto, resta esperar al 2015 y al 2016. Escuchando ayer a allegados al equipo de MASSA, más aún.
Mientras tanto algunas aseguradoras piensan si vale ingresar en el negocio y en la pelea y si se puede pensar en ampliar la oferta de coberturas pero con el nuevo gobierno, a partir del 2016.
Fallo CORTE SUPREMA: http://www.cij.gov.ar/nota-14586-La-Corte-Suprema-de-Justicia-restablece-la-vigencia-del-seguro-ambiental.html
HBSS
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