COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. solicita autorización para operar en la Rama «MOTOVEHÍCULOS”, con el Plan denominado “SEGURO DE MOTOVEHÍCULOS
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VISTO el Expediente EX-2023-143507225-APN-GTYN#SSN, el artículo 23 de la Ley Nº 20.091
Que mediante IF-2025-05460605-APN-GE#SSN la Gerencia de Evaluación informa que la entidad acredita el capital
mínimo requerido para operar en la referida Rama.
Que la Gerencia de Autorizaciones y Registros se expidió en lo atinente a su órbita competencial.
Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia Técnica y Normativa, las condiciones técnico-contractuales acompañadas
se adecuan a las características de la cobertura propuesta.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 inciso a) de la Ley Nº 20.091
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a NRE COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. a operar en todo el territorio de la REPÚBLICA
ARGENTINA en la Rama «MOTOVEHÍCULOS”, con el Plan denominado “SEGURO DE MOTOVEHÍCULOS”, de
conformidad con las condiciones contractuales obrantes en el Anexo del punto 23.6. inc. a. 1) del Reglamento General de
la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014), y los siguientes elementos
técnico-contractuales: Nota Técnica a páginas 1/2 del IF-2023-143507163-APN-DTD#JGM y Formulario de Denuncia de
Siniestro a páginas 1/5 del IF-2023-143506738-APN-DTD#JGM.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al domicilio electrónico constituido por la entidad conforme Resolución SSN N° 39.527 de
fecha 29 de octubre de 2015 y publíquese en el Boletín Oficial.
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