Lobby empresario: Alcohol gana seguro. Por la Dra. Mariel Adaro
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El proyecto de ley para prohibir el uso de alcohol al conducir se encuentra en estado parlamentario (4718-D-2022) registrando un último movimiento en septiembre 2022. Sería injusto hablar solo de este proyecto cuando de la consulta simple en sitio web de Cámara de diputados surgen propuestas anteriores que quedaron sin tratamiento. Lo cierto es que conforme a la agenda publicada el próximo miércoles la comisión de transporte presidida por Jorge Rizzotti tiene cita a las 10hs para debatir sobre los siguientes proyectos: 1370-D-2021, 1428-D-2021, 1433-D-2021, 1604-D-2021, 2722-D-2021, 3946-D-2021, 5207-D-2021, 0405-D-2022, 1377-D-2022, 2478-D-2022, 2551-D-2022, 2831-D-2022, 3698-D-2022, 4203-D-2022, 4539-D-2022, 4718-D-2022.
Maquieyra, Neder, Moyano x2, Jetter, Enriquez, Mirabella, Oliveto, Taccetta, Aguirre, Randazzo, Alianello, Latorre, De la Sota, Gioja, Rizzoti y Rey Maria Lujan son algunos de los diputados que impulsan proyectos para tratar esta problemática.
Los fundamentos de la última presentación dejan en claro la dirección tuitiva respecto de las personas que conformamos la sociedad: “La legislación de tránsito en nuestro país precisa una urgente actualización en atención a las modificaciones tecnológicas que se produjeron entre la sanción de la Ley 24.449 y la actualidad. Esa actualización debe prever las graves consecuencias que tiene el alcohol sobre la capacidad de conducir un vehículo, lo que nos impone la necesidad de adoptar una posición inequívocamente protectoria de la vida de las personas y establecer la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 0 (CERO) miligramos por litro de sangre.” “El objeto del presente proyecto de ley es la reducción de los accidentes viales y de las víctimas que estos producen, con un dolor inmenso para las familias de los involucrados, lo que nos conduce inevitablemente a la noción de un Estado ausente en la prevención de este flagelo”
Nadie puede ignorar que el alcohol es un depresor del sistema nervioso central y que por tanto reduce todas las competencias vinculadas a la conducción. Ello incluye la reducción de la visión periférica o la visión doble y la producción de una sensación de falsa seguridad cuando lo que en realidad está ocurriendo es una disminución crítica en las capacidades necesarias para discernir lo que ocurre en el entorno.
Muchas provincias de nuestro país y también diversos municipios ya han establecido una legislación similar bajo lo que se conoce públicamente como “Alcohol cero o Tolerancia 0” también se halla en la legislación comparada, particularmente la de aquellos países que tienen condiciones sociales, políticas y culturales similares a las de la República Argentina, como Brasil, Uruguay, Paraguay, etc. ¿Pero por qué no se implementa en todo el territorio nacional?
Esta decisión debe estar acompañada de voluntad política, pero no se puede ignorar los conflictos de intereses que se presentan. No somos un medio que brinde noticias de política principalmente, si presentamos y opinamos sobre noticias que afecten al mercado de seguros.
Si no existe voluntad se pueden encontrar alternativas que permitan “obligar” a nuestros representantes a tratar temas de interés nacional, como claramente lo es el consumo de alcohol al conducir.
El método se encuentra en el art 39 de la Constitución Nacional “Iniciativa legislativa popular”, reglamentado por la Ley 24.747 del año 1996. La mencionada ley expresa que los ciudadanos podrán ejercer el derecho de iniciativa popular para presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados de la Nación (que no se encuentren referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal). Requerirá la firma de un número de ciudadanos no inferior al uno y medio por ciento (1,5 %) del padrón electoral utilizado para la última elección de diputados nacionales y deberá representar por lo menos a seis (6) distritos electorales. Admitido el proyecto de ley por iniciativa popular ante la Cámara de Diputados de la Nación, el Congreso deberá darle expreso tratamiento dentro del término de doce (12) meses.
La problemática creemos que debe interesar y preocupar tanto a la Superintendencia de Seguros de la Nación como a la Asociación Argentina de Compañías de Seguros y a todos los asegurados y terceros. Se trata de reducir los riesgos para la ocurrencia de accidentes de tránsito, menos víctimas fatales, menos lesionados, menos vehículos para reparar, menos servicios médicos de hospitales y sanatorios, en fin, menos siniestros.
Los accidentes viales no discriminan ni distinguen género musical desde Gilda allá por el año 1996, Norberto Napolitano (Pappo) 2005, El Pepo 2019 a hoy con Kapanga que a diferencia de los otros ejemplos no se tuvo que lamentar víctimas fatales.
¿Quién podría dar el puntapié inicial y asumir la iniciativa popular? ¿será que el lobby empresario de quienes comercializan alcohol tiene más poder?
Dra. Mariel Adaro
Abogada especializada en Seguros
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