VISION DEL PODER JUDICIAL: SI HUBIESE UNA PREVENCION ADECUADA NO HABRÍA DAÑO

Por segurosaldia.com octubre 13, 2015 12:05

En ocasión del Congreso Internacional de Prevención de Riesgos del Trabajo, tuvimos la oportunidad de escuchar la visión del Poder Judicial, supuesto responsable de la elevada judicialidad según las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), de la mano de los Dres. Julio Armando Grisolía, Juez Nacional de la Justicia del Trabajo y David Duarte, Secretario de la Procuración General de la Nación ante la Corte Suprema.

El Dr. Grisolía, destacó que así como en el derecho civil rige el principio de la autonomía de la voluntad, el derecho del trabajo viene a ponerle un límite a la misma, a través del orden público laboral y el principio de irrenunciabilidad. Atento tratarse de trabajadores, parte más débil de la relación, se trata de priorizar la economía procesal, la celeridad, la gratuidad para garantizar el libre acceso de todos, y en definitiva de que el accidentado reciba lo antes posible su indemnización. Se considera al trabajador accidentado como el más vulnerable de los vulnerables, ya que está incapacitado para enfrentar el mercado laboral en muchos casos comprometiendo su futuro.

Sin embargo, según aclaró el Dr. Grisolía, algo que está a todas luces manifiesto igualmente, la justicia laboral se encuentra imposibilitada de brindar las respuestas esperadas, debido al enorme ingreso de causas nuevas. Se calcula que un número adecuado de causas rondaría los 60 expedientes por juzgado por mes, pero en el último año han alcanzado un promedio de 103 causas, un número exorbitante que torna imposible un análisis adecuado y mucho menos en el tiempo esperado.

Se judicializaron causas que no deberían haberlo hecho, esto se evitaría si cada actor social cumpliera con su trabajo”, sostuvo el letrado. Según su visión, las ART y comisiones médicas no otorgan incapacidad a muchas lesiones del trabajador o bien lo hacen en porcentajes muy reducidos, situación que al momento del peritaje oficial termina revirtiéndose o aumentando el porcentaje de incapacidad o bien considerando que la incapacidad del trabajador efectivamente se corresponde con una causal originada en el lugar de trabajo. Asimismo el doctor, destacó como positivo la alta tasa de interés que se utiliza en Capital Federal (37%) para ajustar los montos de las sentencias, siendo que un juicio laboral tiene una duración aproximada de 4 años.  En la Provincia de Buenos Aires, se utilizan dos tasas: hay juzgados que usan la tasa pasiva (12% anual) y otros que utilizan la denominada tasa vip (24%). La Provincia de Córdoba es la que utiliza la tasa más alta, alrededor del 45% anual y en el resto del país la tasa ronda el 25% aproximadamente.

Existe hoy en día en carpeta un proyecto de ley que ya cuenta con media sanción del Senado, a los fines de unificar las tasas de interés, quedando finalmente en el 37% aproximadamente.

Las soluciones propuestas por el magistrado para la resolución de esta problemática que atraviesa el poder judicial, está dada por el agregado de más juzgados, más personal, la creación de una instancia de conciliación previa a la demanda o bien que cada actor cumpla adecuadamente su rol social.

El Dr. Duarte por su parte hizo referencia al deber de prevención y su relación con el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

El artículo 1710 establece específicamente el deber de prevención del daño, estipulando que todas las personas están obligadas a evitar causar un daño, a adoptar las medidas razonables para evitar que se produzca o bien no agravar el daño si ya se produjo. A su vez el art. 1716 establece el deber de reparar para aquellos casos de violación del artículo anterior. Finalmente el art. 1725 establece la valoración de la conducta, estipulando que cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor es la diligencia exigible al agente y la valoración de la previsibilidad de las consecuencias.

A raíz de este análisis, el Dr. Duarte concluyó que si lo que queremos lograr es que no haya juicios, entonces lo que hay que lograr es que no haya daño. Asimismo, discrepó con la afirmación de Mara Bettiol (UART) y de González Gaviola (SRT), cuando éstos mencionan que los accidentes de trabajo bajan mientras los juicios suben y la necesidad de detener la andanada de juicios, considerando que en esos casos la demanda en juicio no fue rechazada, sino que por el contrario se atendió, entonces el problema no está en la mal llamada industria del juicio, sino en la falta de servicio de las ART y comisiones médicas. Si hubiese una prevención adecuada no habría daño, llamando una vez más a los sectores empresarios a sincerarse.

Una clara muestra que la libertad de opinión se respetó al máximo durante todo el transcurso del Congreso…

Dra. Gabriela Melina Alvarez

Gabriela.alvarez@segurosaldia.com

Por segurosaldia.com octubre 13, 2015 12:05
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