Boletín Oficial 11/05/2012

Por segurosaldia.com mayo 11, 2012 10:20

HSBC-NEW YORK LIFE SEGUROS DE RETIRO ahora se denomina HSBC-SEGUROS DE RETIRO y HSBC-NEW YORK LIFE SEGUROS DE VIDA ahora se denomina HSBC-SEGUROS DE RETIRO. PROFUTURO inscripta en el Registro Especial del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio. BHN VIDA autorizada a operar en todo el territorio de la República Argentina en el Ramo Salud. Los siniestros y el rescate de las pólizas que correspondan a seguros de vida con ahorro vinculados a inversiones en el exterior deben ser abonados en el territorio de la República Argentina. Se deja sin efecto la Resolución de la SSN Nº 30.730.

Datos extraídos del Boletín Oficial de la República Argentina número 32.395 del día Viernes 11 de mayo de 2012.

Resolución 36.740 – SSN: Se brinda conformidad al cambio de denominación y la reforma del artículo 1º del estatuto social de HSBC-NEW YORK LIFE SEGUROS DE RETIRO (ARGENTINA) S.A. entidad que en lo sucesivo se denominará HSBC-SEGUROS DE RETIRO (ARGENTINA) S.A., resuelto en la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 13 de enero de 2012.

Resolución 36.741 – SSN: Se brinda conformidad al cambio de denominación y la reforma del artículo 1º del estatuto social de HSBC-NEW YORK LIFE SEGUROS DE VIDA (ARGENTINA) S.A. entidad que en lo sucesivo se denominará HSBC-SEGUROS DE VIDA (ARGENTINA) S.A., resuelto en la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 13 de enero de 2012.

Resolución 36.743 – SSN: Se inscribe a PROFUTURO COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A. en el Registro Especial del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio – Decreto Nº 1567/74, habilitado para las entidades que operen en dicho seguro, bajo el número 283.

Resolución 36.744 – SSN: Se autoriza a BHN VIDA S.A. a operar en todo el territorio de la República Argentina en el Ramo Salud, con la documentación correspondiente al plan de Seguro Colectivo de Diagnóstico de Cáncer Femenino.

Resolución 36.746 – SSN: Los siniestros y el rescate de las pólizas cuyas condiciones técnico-contractuales correspondan a seguros de vida con ahorro vinculados a inversiones en el exterior deben ser abonados en el territorio de la República Argentina.

Resolución 36.748 – SSN: Se deja sin efecto a partir del 1º de abril de 2012, la Resolución Nº 30.730 de fecha 27 de septiembre de 2005 dictada por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Por segurosaldia.com mayo 11, 2012 10:20