Instituto de Seguros de Jujuy- solicita autorización para operar en la Rama » Accidentes personales»

Por segurosaldia.com enero 3, 2022 09:45

Instituto de Seguros de Jujuy- solicita autorización para operar en la Rama » Accidentes personales»

RESO 888 2021 – INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY-AUTORIZACION RAMA ACCIDENTES PERSONALES

VISTO el Expediente EX-2021-07851971-APN-GTYN#SSN, el Artículo 23 de la Ley Nº 20.091, y
CONSIDERANDO:
Que la entidad INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY solicita autorización para operar en la Rama
“ACCIDENTES PERSONALES” por medio de adhesión al Plan denominado “ACCIDENTES PERSONALES
INDIVIDUAL Y COLECTIVO” autorizado a Compañía de Seguros La Mercantil Andina Sociedad Anónima,
mediante Proveído SSN N° 120.826 de fecha 31 de julio de 2015, recaído en el Expediente SETRA N° 61.079
(en trámite de digitalización en EX-2021-35310779-APN-GA#SSN).
Que mediante IF-2021-70510351-APN-GE#SSN la Gerencia de Evaluación informa que la entidad acredita el
capital mínimo necesario para operar en la referida Rama.
Que la Gerencia de Autorizaciones y Registros se expidió en lo atinente a su órbita competencial.
Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia Técnica y Normativa, las condiciones Técnico- Contractuales
acompañadas se adecuan a las características de la cobertura propuesta.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 67 incisos a) y c) de la Ley Nº 20.091.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY a operar en todo el territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA en la Rama “ACCIDENTES PERSONALES” por medio de adhesión al Plan
denominado “ACCIDENTES PERSONALES INDIVIDUAL Y COLECTIVO” autorizado a Compañía de
Seguros La Mercantil Andina Sociedad Anónima, mediante Proveído SSN N° 120.826 de fecha 31 de julio de
2015, recaído en el Expediente SETRA N° 61.079, con los siguientes elementos técnico-contractuales:
Formulario de Adhesión donde constan las Condiciones Contractuales que fueran oportunamente aprobadas a
página 1 del IF-2021-07842383-APN-DTD#JGM; Nota Técnica a páginas 2/12 y Anexos – Bases Técnicas a
páginas 34/39 del IF-2021-07851526-APN-DTD#JGM; Aclaraciones y/o Modificaciones a páginas 1/11 del IF2021-47355755-APN-DTD#JGM y Modificación al Formulario de Adhesión a página 1 del IF-2021-107633680-
APN-DTD#JGM.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al domicilio electrónico constituido por la entidad conforme Resolución SSN N°
39.527 de fecha 29 de octubre de 2015, y publíquese en el Boletín Oficial.

Maria Adriana Guida

Superintendenta.

Por segurosaldia.com enero 3, 2022 09:45
Escribir un comentario

Sin comentarios

No hay comentarios aún!

Todavía no hay comentarios, pero puede ser el primero en comentar este artículo.

Escribir un comentario
Ver comentarios

Escribir un comentario

<