Boletín Oficial 28/02/2019

Por Jul Fenix febrero 28, 2019 10:35

Resolución 207 – PROHIBIR A ASEGURADORES DE CAUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA COMPAÑÍA DE SEGUROS (CUIT 30-51891934-9), CELEBRAR NUEVOS CONTRATOS DE SEGURO EN TODAS LAS RAMAS EN QUE OPERA. MANTENER LA INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 2º DE LA RESOLUCIÓN RESOL-2018-1052-APN-SSN#MHA DE FECHA 8 DE NOVIEMBRE, HASTA TANTO SE REGULARICE LA SITUACIÓN DEFICITARIA DE ASEGURADORES DE CAUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA COMPAÑÍA DE SEGUROS (CUIT 30-51891934-9), EN VIRTUD DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE REGULARIZACIÓN Y SANEAMIENTO APROBADO POR EL ARTÍCULO 1º DE LA RESOL-2018-1189-APN-SSN#MHA DE FECHA 28 DE DICIEMBRE.

Decisión administrativa 122

VISTO el Expediente Nº EX-2017-18265342-APN-GA#SSN, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 616 del 10 de agosto de 2017 y las Resoluciones Nº 40.715 del 17 de agosto de 2017 y su modificatoria de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 616/17 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del entonces MINISTERIO DE FINANZAS actualmente en el ámbito del MINISTERIO HACIENDA.

Que por la Resolución Nº 40.715/17 y su modificatoria de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del citado organismo.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, solicita la cobertura transitoria de TRES (3) cargos de Subgerente de Registros de la Gerencia de Autorizaciones y Registros del citado organismo, de entonces Subgerente de Análisis, Regulación y Cooperación de la Gerencia de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y de Subgerente de Relaciones Internacionales de la Gerencia de Asuntos Institucionales y Relaciones Internacionales del referido organismo.

Que la cobertura transitoria de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario, contándose con el crédito necesario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente, a partir del 17 de agosto de 2017 y hasta el 8 de octubre de 2017, a la doctora Natalia Alejandra LOPEZ URIS (D.N.I. Nº 27.709.830) en el cargo de Subgerente de Registros de la Gerencia de Autorizaciones y Registros de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del entonces MINISTERIO DE FINANZAS, Nivel B – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase transitoriamente, a partir del 9 de octubre de 2017 y hasta el 6 de febrero de 2018, a la doctora Natalia Alejandra LOPEZ URIS (D.N.I. Nº 27.709.830) en el entonces cargo de Subgerente de Análisis, Regulación y Cooperación de la Gerencia de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del entonces MINISTERIO DE FINANZAS, Nivel B – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 3º.- Desígnase transitoriamente, a partir del 7 de febrero de 2018, y por el término de CIENTO Y OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, a la doctora Natalia Alejandra LOPEZ URIS (D.N.I. Nº 27.709.830) en el cargo de Subgerente de Relaciones Internacionales de la Gerencia de Asuntos Institucionales y Relaciones Internacionales de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del entonces MINISTERIO DE FINANZAS actualmente en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE HACIENDA, Nivel B – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 4º.- El cargo involucrado en el artículo 3º de la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 50 – MINISTERIO DE HACIENDA – Entidad 603 – SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña – Nicolas Dujovne

Por Jul Fenix febrero 28, 2019 10:35
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