Boletín Oficial 18/06/2018

Por segurosaldia.com junio 18, 2018 10:12

Resolución 561 – APLICAR A SEGURCOOP COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA UNA MULTA DE PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 45/100 ($ 444.468,45) EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 58 INCISO C) DE LA LEY Nº 20.091.

Resolución 574 – APLICAR A ESCUDO SEGUROS S.A. UN APERCIBIMIENTO EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 58 INCISO B) DE LA LEY Nº 20.091

Resolución 562 – APLICAR A TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA UNA MULTA DE PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 04/100 ($698.240,04) EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 58 INCISO C) DE LA LEY Nº 20.091

Resolución 565 – INSCRIBIR A S.A. UNIÓN GANADEROS DE CANALS CON NÚMERO DE CUIT 30-50793125-8, EN EL REGISTRO DE AGENTES INSTITORIOS.

Resolución 573 – APLICAR A VIRGINIA SURETY COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. UN APERCIBIMIENTO EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 58 INCISO B) DE LA LEY Nº 20.091.

Resolución 572 – APLICAR A LIDERAR COMPAÑÍA GENERAL DE SEGUROS S.A. UN APERCIBIMIENTO EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 58 INCISO B) DE LA LEY Nº 20.091.

Resolución 571 – APLICAR A BONACORSI SEGUROS DE PERSONAS S.A. UNA MULTA DE PESOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 34/100 ($43.352,34), EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 58 INCISO C) DE LA LEY Nº 20.091.

Decisión Administrativa 1210

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-07216218-APN-GA#SSN, la Ley Nº 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y las Decisiones Administrativas Nros. 616 del 10 de agosto de 2017 y 338 del 16 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del MINISTERIO DE FINANZAS, solicita la cobertura transitoria del cargo de Gerente de Inspección.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 616/17 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario, contándose con el crédito necesario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete conforme a lo establecido en el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 338/18.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente de la jurisdicción de origen.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente, a partir del 9 de febrero de 2018, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida, al contador público Augusto Jorge SANTORO (M.I. Nº 22.824.801) en el cargo de Gerente de Inspección de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS del MINISTERIO DE FINANZAS, Nivel A – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 60 – MINISTERIO DE FINANZAS, Entidad 603 – SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña – Luis Andres Caputo

Por segurosaldia.com junio 18, 2018 10:12
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