5 de junio – Día Mundial del Medio Ambiente

Por segurosaldia.com junio 5, 2017 15:37

5 de junio – Día Mundial del Medio Ambiente

EL ESPÍRITU GENERALIZADO ES QUE NO HAYA RETROCESOS EN EL ACUERDO DE PARÍS

En el orden local, el cumplimiento de la obligación del SAO como herramienta de gestión ambiental en favor del Estado será una contribución a la reducción de la contaminación en el territorio nacional.

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El 5 de junio, Día Mundial del Medio Ambiente, declarado así por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), tendrá este año un carácter especial: las centenas de millones de personas en el mundo que están consustanciadas con la necesidad de la protección del ambiente y la lucha contra el cambio climático expresarán su voluntad de que no haya retrocesos en el Acuerdo de París, ratificado por 175 naciones en la Jornada Mundial de la Tierra en 2016.

Entre otras cuestiones, el Acuerdo de París reconoce la importancia de evitar, reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, incluidos los fenómenos meteorológicos extremos y los fenómenos de evolución lenta, y la contribución del desarrollo sostenible a la reducción del riesgo de pérdidas y daños. Consecuentemente, propone como una de las esferas en las que se debe actuar, la búsqueda de soluciones en el ámbito de los  seguros.

Es menester que los principales contaminantes de la Tierra no dejen solo al mundo en esta crucial situación en la que se busca reducir las emisiones de efecto invernadero y evitar así el avance de sus consecuencias negativas para la naturaleza.

Este año el país anfitrión de la celebración es Canadá, que con la impronta de la ONU de alentar un programa que contribuya a “conectar a las personas con la naturaleza”, asumió el lema votado por decenas de miles de personas en las redes sociales: “Estoy con la naturaleza”.

Al anunciar la celebración, la ONU informó que » economistas están desarrollando maneras de medir el valor multimillonario de los denominados «servicios de los ecosistemas»», entre los que puede incluirse la modalidad de Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) que rige en la Argentina por imperio de la Constitución Nacional y de la Ley 25.675 (Ley general de Ambiente) para cuya contratación se realiza un estudio de Situación Ambiental Inicial en el predio y su entorno.

En ese sentido es cuantioso el potencial aporte de esta herramienta de gestión ambiental que empodera al Estado para garantizarse que quienes dañan al ambiente asumirán los costos de su recomposición, liberando al erario público de hacer recaer el peso sobre la comunidad.

Una débil gestión de exigibilidad del Estado y una renuente actitud de los empresarios alcanzados por la obligación de la contratación del SAO, perjudican el interés público en términos concretos de contaminación al no concretarse el criterio de “internalizar” los costos de la remediación, que forma parte del consenso mundial.

El solo cumplimiento de la obligación en todo su alcance contribuiría de manera inmediata a una sensible reducción de los pasivos ambientales que acumulan los obligados, dado que antes de suscribirse las pólizas deben remediarlos.

Por tanto, CAARA y las empresas que la integran, suman sus voces a la exhortación mundial de que se lleve adelante el Acuerdo de París y que, en el orden nacional, se observen y hagan observar las obligaciones derivadas de la mencionada Ley General de Ambiente.

Por segurosaldia.com junio 5, 2017 15:37
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