INDER: Memorandum Pre-Informe Parcial Decreto 1130/05 INDER (e.l.). Para aprender un poco y preocuparse. Quienes NO están en los beneficiados. ¿Hay beneficiados?¿Que pasó con los U$S 2.000 millones de impuestos internos?¿Cuanto pasará hasta la oferta final?¿15 meses de apropiamiento de intereses?

Por segurosaldia.com septiembre 29, 2005 18:00

Abierto para todos, lea este excelente primer informe y recuerde el que ya hemos puesto en línea. Analice los casos judiciales y que hizo cada EX en este tema, y como auditará la SIGEN…

Memorandum Pre-Informe Parcial
Decreto 1130/05 INDER (e.l.)

1º Párrafo del considerando: La oferta esta dirigida a las aseguradoras que no se adhirieron al Decreto 1220/00

7º Párrafo del considerando se manifiesta “que se han tenido en consideración recomendaciones de la SIGEN” (SIC)

8º Párrafo se mantienen en el área de liquidación y revisión INDER y SIGEN y que este sistema cruzado “afianza el principio de transparencia en la liquidación”. En el decreto 1220/00 era inapelable. Se comentara sobre otro anexo.

14º Párrafo se manifiesta que para el nuevo Plan de Corte el INDER cuenta con un fondo especial asignado por el Decreto 171/92?, El ingreso del fondo era fluido por los impuestos internos que desde el 02/97 fue derivado por la gestión del D. Di Nucci a rentas generales ???

Art. 5º entidades aseguradoras que no formalizaron su adhesión del Decreto 1220/00 circular nº 598.

Plan de Corte de Responsabilidades

Capítulo I
Art. 3º b) Pagos posteriores hasta el 30/06/04 (15 meses de apropiamiento por parte del Estado)

Art. 3º c) Reserva de Siniestros Pendientes “según estados contables presentados SSN al 30/06/04 ¿Que ocurre con siniestros sin sentencia o una sentencia favorable de 1º instancia y revocado en Cámara después de 15 meses?”

Art. 4º “el liquidador del INDER en ejercicio de sus facultades y de acuerdo con las disponibilidades existentes sobre la composición de la oferta del artículo 3º un reconocimiento de intereses que no superará la tasa pasiva de la Comunicación 14.290 del B.C.R.A.”

Art. 5º Medidas de Pago: “si dichos fondos no resultaren suficientes…? ¿Dónde fueron y que hizo Rentas Generales con los casi U$S 2.000 millones ingresados desde 02/97 hasta la extinción de los impuestos internos?

Art. 6º Adhesión Integral: Acatamiento y conformidad expresa, lisa y llana con la metodología de cálculo, renuncia a procedimientos anteriores, circulares, desistir de reclamos judiciales y administrativos y compromiso de no iniciar acciones con el INDER hasta tanto se comunique la oferta final. (¿Cuánto durará otros 8 años?)

ART. 9º Plazos: El Ministerio de Economía arbitrará para que en el plazo de 6 meses el INDER culmine con los procedimientos inherentes a esta liquidación. (es el mismo plazo enunciado oportunamente por el Ing. Di Nucci)

Por segurosaldia.com septiembre 29, 2005 18:00