FUSERC-UMSA: “Generamos responsabilidad cuando no podemos justificar una conducta”

Por segurosaldia.com julio 1, 2005 21:41

En el día de ayer la FUSERC (Fundación sobre el Seguro y la Responsabilidad Civil) y la Universidad del Museo Argentino organizaron el VII Congreso Interdisciplinario sobre Responsabilidad, Genética y Bioética.
Accidentes de Tránsito, mala Praxis, entre otros temas. Hoy, el flagelo del mercado asegurador.

Importante disertación y expositores entre quienes se encontraban el Licenciado Jorge castro y el Dr. Fernando Mariona, además de otros importantes expositores.
Muchos antecedentes y aportes sobre Responsabilidad Civil, fundamental para que los productores asesores de seguros lean este informe preparado por Agustina Queipo.

Se realizaron diferentes comisiones que trataron, en general, temas relacionados con las responsabilidades, sobre todo en medio ambiente y en medicina (centralizándose en la cobertura claims made). Por otra parte, también se refirieron a la seguridad vial, sobre todo el controversial tema de la falta de medidas de prevención.

Responsabilidad Médica

La cobertura claims made “es una base nueva y hay que tener en cuenta dos cosas: primero que el profesional, al momento en que le cae el reclamo, tenga una póliza vigente en una compañía; segundo que el acto médico reclamado haya practicado con posterioridad a las fechas de retroactividad, que generalmente coinciden con el inicio de la vigencia de la primera póliza del profesional en esa compañía”. De esta forma lo definió el Poder ejecutivo.

Esta cobertura responde solo por un reclamo efectuado durante la vigencia de la póliza. La fecha de inicio de vigencia de la primera póliza define el momento a partir del cual debe ocurrir un acontecimiento para que el reclamo originario esté amparado por esa póliza. “Generamos responsabilidad, cuando no podemos justificar una conducta”, afirmó el Lic. Jorge Castro.

En la Argentina, el Estado Nacional delegó, indirectamente, la salud a la atención privada. El 62% de las instituciones con internación son privadas, con y sin fines de lucro, y el 56% de las instituciones sin internación también pertenecen al sector privado.

“Los malos resultados de algunas carteras de negocio de aseguradoras y la situación crítica del reaseguro mundial en la década del 90, provocó la liquidación voluntaria o forzosa de algunas aseguradoras que poseían negocios de Responsabilidad Civil Médica y el retiro del mercado de otras. En la década del 90 existían 14 aseguradoras que daban cobertura en forma activa. Hoy solo quedan activas 6, de las cuales tres son compañías nuevas, de capitales argentinos, prácticamente monorramas, con y sin reaseguro”, aseguró el Dr. Fernando Mariona.

Partiendo de la idea de Sociabilización del Riesgo y en busca de sentar las bases acerca de la necesidad de promulgar una nueva ley que cree y regule la actividad aseguradora de las ARPES (Administradoras de Riesgos Profesionales en Salud), el Dr. Mariona junto con un grupo de abogados y médicos, proponen un seguro de responsabilidad médica compuesta de diversos beneficios:

· Los montos de las prestaciones dinerarias los percibe directamente la víctima.
· No hay demora en la indemnización.
· No quedarán sin cobertura ante un daño resarcible.
· Los prestadores tendrán una reducción del costo institucional y la existencia de topes hace previsible el presupuesto individual o de la institución.
· Desaparición de la actividad aseguradora ilegal.
· Mayor desarrollo de las compañías de Retiro.
· Para el reasegurador, la posibilidad de constituir un pool de primer nivel y mayor control del riesgo.
· El seguro será obligatorio para las instituciones.
· Se establecerá con los profesionales de la salud un monto fijo dependiendo de la siniestralidad potencial de la especialidad o profesión que desarrollen.
· El pago adquirirá la forma de una carga social, a pagar por mes adelantado.
· El daño lo evaluaremos con la escala de Karnofsky en calificado en diferentes categorías: incapacidad leve, grave, gravísima y muerte.
· La indemnización podrá ser como capital o como renta.

“Pensamos que ante la inercia de los legisladores en materia de reformas y la inseguridad jurídica que se les crea a los consumidores y a los operadores del mercado, la SSN debería asumir los requerimientos y dictar una resolución de carácter general para la base de cobertura claims made, que contenga estándares mínimos de contenido que dieran certeza, validez, transparencia, al único sistema de cobertura racionalmente aceptable”, aseguró Mariona.

Daño ambiental

Fue en los Estados Unidos, donde a partir de 1980 surgieron las primeras pólizas ambientales. El país del norte es el que cuenta con mayor experiencia en este tipo de coberturas. En la Argentina, no hay un gran avance en esta materia, ya que nuestro país no tiene una siniestralidad que permita a las aseguradoras realizar una evaluación seria del riesgo ambiental y, por ende, ofrecer una cobertura abierta y sin limitación alguna.

“Si bien en el mercado del seguro local se han emitido algunas pólizas de responsabilidad civil que incluyen algunas coberturas de contaminación ambiental, existen muchos supuestos no cubiertos por esas pólizas”, afirma Martín Argañaraz Luque, y agrega que “la tendencia actual en el mundo es inclinarse a la especialización de los distintos riesgos, de forma tal que las pólizas de daños ambientales suelen contratarse en forma independiente y específica”.

En su artículo 41 (conforme la reforma de 1994), la Constitución Nacional establece que «todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las provincias las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos».

Respecto de la categorización de los daños, estos pueden ser primarios, es decir, ocasionados directamente a agua, aire, tierra, flora o fauna; o secundarios, que afectan concretamente a humanos. En el caso de daño secundario, el marco legal tradicional aplica responsabilidad civil.

“Nuestro sector empresario cuenta con coberturas sobre siniestro ambiental que lejos están de poder responder en caso de sucederse, y que si responden, siguen sin contemplar al principal actor: esto es, el propio hombre, focalizándose principalmente en la naturaleza y las imposibilidades de determinar el origen primario del elemento dañador, su autor, o la imposibilidad de recomponer lo afectado”, aseguró Jorge Atilio Franza.

Seguridad vial

En la Argentina en el año 2004, el promedio de víctimas fatales de accidentes de tránsito fue de 32 personas por día. En lo que va de 2005, ya hay un promedio de 37 personas por día.

Es complicado determinar una solución ante un panorama tan preocupante, pero comenzar por implementar medidas de prevención, sería un buen comienzo. “De acuerdo a mi experiencia en prevención, colisiones vehiculares, y atropello de peatones, es esencial que todos hagamos un esfuerzo por respetar al otro. Sin esta comprensión no podremos poner en marcha ningún acuerdo para convivir en los espacios comunes”, aseguró Antonio González.

Los accidentes vehiculares representan un grave problema de salud pública, producen más de 300.000 muertes por año en el mundo. La enfermedad, discapacidad y muerte que ocasionan representan una enorme carga económica y social, con consecuencias iguales a las principales enfermedades, como las cardiovasculares y el cáncer. “Los accidentes de tránsito son el resultado de la combinación inesperada, y a veces desastrosa entre el factor humano, el ambiente, y el vehículo”, aseguró el Dr. Eduardo Rosa.

Para lograr el control de accidentes, la implementación de medidas de seguridad como cinturones, cascos de seguridad, parabrisas y ventanas inastillables, cerraduras de seguridad y volantes adaptables, son esenciales.

“El desarrollo de una política integral y sustentable en materia de educación y seguridad vial se enmarca dentro de un proceso, de carácter más general, impulsado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que procura promover un cambio en el comportamiento colectivo social a fin de optimizar la calidad de vida de sus ciudadanos”, explicó María Guadalupe Bardelli. Por otra parte, la Subsecretaría de Tránsito y Transporte tiene previsto modernizar los mecanismos de otorgamiento y renovación de la licencia de conducir, con el objetivo de asegurarse que los aspirantes a conductores no sólo conozcan las normas de tránsito, sino que también que las comprendan.

“Todos somos conscientes del impacto social que tienen los accidentes de tránsito en nuestra comunidad y, al analizar este problema puntualmente, en las empresas su incidencia se magnifica, ya que impacta directamente sobre aspectos productivos, económicos y morales de estas estructuras organizativas. Por ende, los accidentes de tránsito “in itinere” afectan considerablemente la tasa de accidentalidad o frecuencia siniestral de las mismas. Pese a ello, en general son pocas o nulas las acciones realizadas en materia preventiva”, aseguró Fernando Boutet

María Agustina Queipo

Por segurosaldia.com julio 1, 2005 21:41