Aseguradoras sancionadas y/o Inhibidas Era 2005: VIRGINIA SURETY COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.

Por segurosaldia.com junio 17, 2005 20:21

Todas las medidas cautelares. No puede emitir ni disponer de activos. Resolución No. 30.555 del 08/06/2004

Ministerio de Economía y Producción
Superintendencia de Seguros de la Nación

BUENOS AIRES, 8 de Junio de 2005

VISTO el Expediente Nº 46.308 del registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION en el que se sustancian la falta de presentación de los Estados Contables por parte de VIRGINIA SURETY COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 la Gerencia de Evaluación informa que la aseguradora no presentó sus Estados Contables al 31-03-2005, habiéndose vencido el plazo que establece la normativa vigente.
Que la no presentación de dichos estados contables importa incumplimiento al régimen de control de la actividad aseguradora instituido por la Ley 20.091 y reglamentación dictada en su consecuencia, a la vez que importa un ejercicio anormal de la actividad aseguradora, con la gravedad que conlleva dicha inconducta en orden a la imposibilidad de determinar si la aseguradora da cumplimiento con las exigencias de capitales mínimos y coberturas con los asegurados.
Que sin perjuicio de la prosecución de las actuaciones, en lo inmediato, corresponde encuadrar la situación de la entidad en las disposiciones del inciso d), del artículo 86 de la ley 20.091 (texto ley 24.241).
Que en consecuencia, y en defensa de los intereses de los asegurados y asegurables, cabe adoptar respecto de la entidad, la totalidad de las medidas cautelares consagradas por la norma indicada. Medicas cautelares éstas que deberán adoptarse in audita parte, conforme la naturaleza preventiva que las inviste, y atento lo regulado por los arts. 198 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y 86 de la ley 20.091 (texto ley 24.241).
Que ha informado la Gerencia de Evaluación a fs. 1 y ha dictaminado la Gerencia de Asuntos Jurídicos a fs. 3.-
Que los artículos 67, inc. e) y 86, inc. d), de la ley 20.091 (texto ley 24.241), confieren atribuciones a este Organismo de Control para el dictado de la presente Resolución.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Prohibir a VIRGINIA SURETY COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su inhibición general de bienes, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.
ARTÍCULO 3º: Prohibir a VIRGINIA SURETY COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. realizar actos de administración respecto de sus inmuebles en orden a que deberá abstenerse de celebrar contratos de locación o mutuo que puedan afectarlos. La Gerencia de Inspección labrará acta tomando razón del estado de ocupación de los inmuebles de la aseguradora.
ARTÍCULO 4º: A los efectos de lo dispuesto en el artículo primero, la Gerencia de Inspección procederá a sellar e inicialar los Registros de Emisión de la entidad, con mención de la presente Resolución. La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de la medida ordenada en el artículo primero.
ARTÍCULO 5º: Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la ley 20.091 (texto ley 24.241).
ARTÍCULO 6º: Regístrese, notifíquese por la Gerencia de Inspección con vista de todo lo actuado y publíquese en el Boletín Oficial.
RESOLUCIÓN Nº: 30555
MIGUEL BAELO
SUPERINTENDENTE DE SEGUROS

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