SSN. Confirmación de cargos y funciones. En Gerencia de Evaluación (importante), en Técnica y Administración. Resta confirmar en Gerencia de Asuntos Jurídicos, y LA CASA ESTARÁ EN ORDEN.

Por segurosaldia.com marzo 28, 0207 09:47

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Decreto 264/2007

Danse por designados transitoriamente Gerente y Subgerente de Administración y Operaciones, Gerente de Técnica y Normativa, Gerente de Evaluación y Subgerente de Evaluación de Entidades de Seguros Patrimoniales.

Bs. As., 23/3/2007

VISTO el Expediente Nº 47.762/06 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.078, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1140 del 28 de junio de 2002 y 1084 del 24 de agosto de 2004, la Decisión Administrativa Nº 1 del 19 de enero de 2006, la Resolución Conjunta Nº 56 del 24 de setiembre de 2004

de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006.

Que el Artículo 7º de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 11 de la citada ley.

Que por el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por Decreto Nº 1084 del 24 de agosto de 2004 se aprobó la estructura orgánico-funcional de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que por Resolución Conjunta Nº 56 del 24 de setiembre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se incorporaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas cargos con Funciones Ejecutivas para el Organismo que propicia la presente medida.

Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del Organismo resulta indispensable cubrir transitoriamente los cargos con Funciones Ejecutivas, como excepción a lo establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.078 y de lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/ 91 T.O. 1995.

Que los funcionarios cuya designación se propicia revisten en la actualidad en cargos de la planta permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para dar respuesta a los objetivos fijados y asegurar el normal funcionamiento de la organización.

Que la cobertura de los cargos aludidos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.078 y a tenor de lo dispuesto por el Decreto Nº 491/ 02.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Exceptúase a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.078 y de lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, al solo efecto de posibilitar la cobertura transitoria de los cargos que se detallan en los siguientes artículos.

Art. 2º — Dase por designado transitoriamente, a partir del 8 de junio de 2006, en el cargo de Gerente de Administración y Operaciones, Nivel A, Función Ejecutiva II, al Contador Miguel MARZULLO (MI. Nº 11.896.280) Nivel A, Grado 0.

Art. 3º — Dase por designada transitoriamente, a partir del 8 de junio de 2006, en el cargo de Subgerente de Administración y Operaciones de la Gerencia de Administración y Operaciones, Nivel B, Función Ejecutiva III, a la señora Nélida Ester CARABAJAL (M.I. Nº 5.403.362) Nivel B, Grado 8.

Art. 4º — Dase por designado transitoriamente, a partir del 8 de junio de 2006, en el cargo de Gerente de Técnica y Normativa, Nivel A, Función Ejecutiva I, al Contador Alberto Hernán DOMINGUEZ (M.I. Nº 11.399.795) Nivel B, Grado 7.

Art. 5º — Dase por designada transitoriamente, a partir del 8 de junio de 2006, en el cargo de Gerente de Evaluación, Nivel A, Función Ejecutiva II, a la Contadora Adriana Irene BARREIRA (M.I. Nº 10.788.888) Nivel B, Grado 7.

Art. 6º — Dase por designada transitoriamente, a partir del 8 de junio de 2006, en el cargo de Subgerente de Evaluación de Entidades de Seguros Patrimoniales de la Gerencia de Evaluación, Nivel B, Función Ejecutiva III, a la Contadora Viviana María TRUTALLI (M.I. Nº 11.451.004) Nivel C, Grado 3.

Art. 7º — Los cargos involucrados en la presente medida deberán ser cubiertos conforme con los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en los Artículos precedentes del presente decreto.

Art. 8º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.-

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